Autor: José Ramón Chaves García
*Publicado por CONFILEGAL el 2 de julio de 2015 y originalmente en el blog del autor delaJusticia.com». La vigencia de los consejos y comentarios que vierte el autor, hace particularmente interesante su reproducción.
Si nos asomásemos al interior de la cabeza del juez enfrascado en el examen de autos, expedientes o normas, posiblemente nos sorprenderían los prejuicios, talante o criterios que guían su brújula profesional.
Intentaré ofrecer un catálogo de las cosas que un juez sensato y sensible, debería tener presente a la hora de dictar una sentencia ( endulzadas con con castizos refranes).
- No debo olvidar que soy humano. Ni soy Hércules ni un Quijote. Solo un empleado público en quien se deposita la confianza en un trabajo artesanal de identificar y aplicar la norma, y en su caso, verificar la realidad de unos hechos. (“Dime de lo que presumes y te diré de lo que careces”)
- No debo esperar el aplauso ni temer la crítica. Me pagan por sentenciar, no por alimentar o proteger mi ego. Debo recordar que el que gana un pleito suele ser ingrato ( se gana por mérito propio: del abogado victorioso) y el que pierde siempre está descontento ( se pierde por culpa ajena: del juez). (“ Haz el bien, sin mirar a quién”).
- No hay litigio insoluble (“ Quien busca, halla”).
- No debo dejar de consultar y estudiar las normas y la jurisprudencia, mas allá de lo que las partes han expuesto en el pleito. (“ Libro cerrado, no saca letrado”).
- No debo dar por cierto todo lo que se afirma por los abogados envuelto en citas, leyes y sentencias ( “Un abogado listo, te hará creer lo que nunca has visto”).
- No debo escatimar razones para convencer ( “Lo que mas trabajo cuesta, más dulce se muestra”).
- No debo refugiar las razones del fallo en vacíos sobreentendidos: “ Es notorio”, “ Va de suyo”, “ Se desestima por su propia lógica”, “ No hacen falta arabescos argumentales”, etc. ( “Meando claro y cagando recio, nadie te llamará necio”).
- No debo precipitarme en sentenciar contrarreloj: el tiempo y esfuerzo de las partes requiere un mínimo de sosiego y reflexión. (“ Las prisas son malas consejeras”).
- Tampoco debo dedicar todo mi tiempo y vida para elaborar cada sentencia, dando vueltas y revueltas sobre las posibles respuestas a cada cuestión, pues las sentencias como los melones, si maduran mucho, se pasan (“ Quien mucho abarca, poco aprieta”).
- No debo utilizar calificativos denigrantes de la argumentación de los abogados (“disparate”, “absurdo”, “torpe”,etc), y menos adjetivarlos (“manifiesto”, “patente”,”ostensible”…). Los abogados hacen su trabajo y los planteamientos arriesgados de hoy quizás sean acogidos por las sentencias del Supremo del mañana. (“ Errar es humano, perdonar es de sabios”).
- No debo perder de vista la realidad por encima de formas, palabrería y leyes: “sentencia” tiene la misma raíz que “sentimiento” (“Será buena la fruta, si el juez de la vida disfruta”).
- No confundir extensión con calidad ( “Lo bueno si breve, dos veces bueno; y si malo, menos malo”).
- No debo retrotraer las actuaciones si puedo resolver la cuestión de fondo y evitar pérdidas de tiempo, dinero e ilusiones (“ Para ese viaje no hacían falta alforjas”).
- No debo frivolizar con la imposición de las costas ( nadie debe “ir por lana y volver trasquilado”).
- No debo transcribir extensos fragmentos de sentencias de jurisprudencia hasta la náusea ( “ A buen entendedor, pocas palabras bastan”).
- No debo dejar fallos judiciales abiertos que provoquen interminables incidentes de ejecución ( no avalar la maldición gitana de “pleitos tengas y los ganes”)
- No debo intentar contentar a todas las partes: el Derecho da o quita la razón pero no la hace divisible ni elástica. ( “ No se puede servir a dos señores a un tiempo y tener a cada uno contento”).
- No bajes la guardia de la atención con la sola lectura de demanda y contestación, pues prueba y conclusiones pueden variar las opiniones. ( “ Hasta el rabo, todo es toro”). gato sorprendido
- No debo descuidar las formas y la extensión de la sentencia (“Con orden y medida, pasarás bien la vida”).
- No debo dejar sin releer la sentencia antes de dictarla pues las erratas van mal con la solemnidad de una sentencia ( “una guinda podre arruina el pastel”)
- Si la cosa es discutible, o si tiene gran importancia, aunque se tenga un criterio forjado, hay que dejar enfriarlo para repensarlo ( “ccsa con mala cara, consultarlo con la almohada”).
- No tener reparo en cambiar el proyecto de sentencia aunque esté muy avanzado, cuando se advierte un error, enfoque o razón mas claro, justo o correcto (“ Mejor volverse atrás que perderse por el camino”).
- No cambies tu personal criterio por seguir la cómoda corriente de otros compañeros (“ Lleva siempre tu camino, y no mires nunca el de tu vecino”).
- No dejar que el temor reverencial del poder y los políticos condicionen el sentido de lo justo ( “ Quien con niños se acuesta, mojado se levanta”).
- No intentes hacer sentencias exquisitamente redondas, exactas, infalibles y diamantinas pues en el sinuoso Derecho Administrativo, en el marco de un complejo proceso, buscar lo perfecto puede ser peor (“Lo mejor es enemigo de lo bueno”).
- No hay que olvidar que me pagan por sentenciar ( “Ya que aprendiste a cobrar, aprende también a trabajar”).
- No olvidar que la intolerancia o soberbia que refleje la sentencia puede ser la misma que nos aplique un Tribunal superior en rango al revocar la propia ( “ A cada cerdo le llega su San Martín”).
- No aproveches la sentencia para dar un varapalo a terceros o sentar doctrina académica ( “Agua que no has de beber, déjala correr”).
- No dejes que tu atención se desvíe del auténtico foco conflictivo, y si la raíz del mal está en un reglamento o una ley, cuestiónalas con firmeza ( “ Muerto el perro, se acabó la rabia”).
- No dejes que la adulación de un abogado te nuble la visión jurídica ( “La adulación es como la sombra: no hace mas grande ni mas pequeño”).
- No respondas a la vehemencia o insolencia de un abogado con el mismo tono en sentencia ( “A palabras necias, oídos sordos”).
- No descalifiques con desdén o grosería en tu sentencia el criterio o sentencias de otros compañeros ( “La ropa sucia se lava en casa”).
- No escatimes la educación y el respeto en el uso de formas y expresiones ( “ Lo cortés no quita lo valiente”).
- No olvides que el Derecho no es una ciencia exacta y que el Ilustrísimo, la toga y el mazo no dotan de infalibilidad (“Aprendiz de mucho, Maestro de nada”).
- No seas tan arrogante como para ignorar con ligereza la jurisprudencia consolidada (“Donde hay patrón, no manda marinero”).
- No pasará a la historia tu sentencia, ni figurará tu nombre junto a Ulpiano o Mommsen. Los autos se archivarán, la sentencia será una gota de agua en el océano de la base de datos, las partes lo recordarán como una inundación pasada ( los que ganan como algo que regó los campos y los que pierden como algo que los anegó), y los abogados seguirán su vida. (“ En el ajedrez el Rey y el Peón, van siempre al mismo cajón”).
- No pienses que tu sentencia es firme e incuestionable ( “El juez propone y el Tribunal Constitucional dispone”).
- No vaciles en admitir la solicitud de “rectificación de errores” de sentencia o complemento del fallo, o nulidad de actuaciones ( “ A grandes males, grandes remedios”).
- No por “fallar” con el “fallo” de la sentencia, se acaba el mundo (“ Errando se aprende”).
- No debo renegar de la sentencia que firmé (“Cada palo, aguante su vela”).
Pero sobre todo, me agrada un refrán de origen bíblico: “ Con la vara que midas, serás medido” (Mateo 7,2).
Para terminar, y que se me perdone la licencia de incorporar refranes ilustrativos, citará un expresivo fragmento de El Quijote ( Capítulo LXVII):
“- Mira, Sancho- respondió Don Quijote-: yo traigo los refranes a propósito y vienen cuando los digo como anillo en el dedo; pero tráeslos tú tan por los cabellos, que los arrastras y no los guías; y si no me acuerdo mal, otra vez te he dicho que los refranes son sentencias breves, sacadas de la experiencia y especulación de nuestros antiguos sabios; y el refrán que no viene a propósito antes es disparate que sentencia”.