El interés casacional y su acreditación documental: A propósito del ATSJ País Vasco de 28 de noviembre de 2016

Arantza González López. Letrada del Servicio Jurídico Central del Gobierno Vasco

El auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ País Vasco de 28 de noviembre de 2016 rechaza la posibilidad de aportar documentos que tratan de acreditar la concurrencia del interés casacional objetivo en el trámite de preparación del recurso de casación. Se analizan la viabilidad del criterio fijado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ País Vasco y sus consecuencias

 

Este artículo se ha publicado en la revista Actualidad Administrativa nº 4, 2017

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