Tal y como informa el portal del Poder Judicial España, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal ha establecido que no concurren los requisitos legales para que las Diputaciones Forales respondan en concepto de responsabilidad patrimonial por las denominadas «vacaciones fiscales vascas» frente a las empresas beneficiarias de las mismas , que se vieron obligadas a su reintegro con intereses en ejecución de la Decisión de la Comisión Europea de 2001, que las consideró ilegales.
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Así mismo, las personas interesadas podéis acceder a la sentencia en el enlace siguiente:
sentencia ‘vacaciones fiscales’ País Vasco 19-09-2018 (3)
begoña pz. de eulate
ALEGO-EJALE